Liquidación sociedad de gananciales

Liquidación de SOCIEDAD DE GANANCIALES

Para repartir el patrimonio conjunto de la sociedad de gananciales, es necesario liquidar la sociedad de gananciales, vía notarial o judicial. 

¿QUÉ HAY QUE HACER?

La liquidación de la sociedad de gananciales es un proceso en el que el matrimonio reparte por la mitad el patrimonio que los cónyuges hayan adquirido durante el matrimonio o hasta el cambio de régimen económico matrimonial cuando este tiene lugar antes del divorcio.

Este reparto se realiza después de la disolución de la sociedad de gananciales.

La disolución se produce entre otras causas, cuando se declara la separación o divorcio y cuando se otorga escritura de capitulaciones matrimoniales ante notario, modificando el régimen económico del matrimonio.

La liquidación, se puede realizar después de la disolución, en un momento posterior.

Habrá que elaborar un inventario, en el que se detalle el activo y el pasivo de la sociedad.

La cantidad resultante, constituye el haber de la sociedad de gananciales, que se repartirá por mitades iguales entre ambos cónyuges.

Posteriormente, se procederá a realizar las adjudicaciones a cada uno de los cónyuges en pago de su haber.

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